Lecciones de la demanda de Telecinco contra Youtube.com
El Juzgado Mercantil 7 de Madrid ha desestimado la demanda de Telecinco contra Youtube.com por la inclusión de vídeos que vulneraban los derechos de propiedad intelectual.
¿Por qué? Según el blog de European Public Policy de Google, el Tribunal les ha dado la razón por las siguientes razones:
- Los propietarios de los derechos pueden retirar los contenidos identificados como propios
- Son los content owner y no los service providers quienes mejor pueden hacerlo
- Es responsabilidad de Youtube.com dar de baja los contenidos identificados por su propietario
- Youtube ha desarrollado Content ID como tecnología para proteger los abusos de copyright
- 1.000 compañías ya lo usan
Lecciones a considerar:
- Se reconoce la legitimidad de la reclamación de Telecinco, aunque las nuevas pantallas van acabar por imponer la nueva legislación: si cambian el uso social y el hábito de consumo, cambiará la ley
- Existe tecnología antipiratería en Youtube.com: es otro jardín vallado, pero es el jugador dominante... Más ventajas e inconvenientes a considerar
- Costará mucho tiempo a Telecinco tener a una persona viendo los 34.650 minutos (24 horas cada minuto) diarios de contenido nuevo para saber cuál es suyo: no compensa
- Es recomendable para los dos buscar una estrategia conjunta: Jeff Jarvis sugería algo esta semana sobre cómo monetizar el tráfico y los enlaces
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